Se negó la admisión de las pruebas promovidas por la Fiscal Décima Primera del Ministerio Público para el Régimen de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, quien actúa en resguardo e interés de los derechos y garantías de la niña (cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).