Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE LA DEMANDA INTENTADA, por los ciudadanos JOSÉ RAFAEL RONDÓN, LUIS EDUARDO VELAZCO URIBE, JOSÉ FRANCISCO PEÑA RODRÍGUEZ, IVÁN ENRIQUE VELAZCO BRACHO Y CARLOS RUBENS URIBE, titulares de las Cédulas de Identidad N° 2.467.135, 11.914.828, 15.756.243, 5.511.115 y 12.655.401, en su orden, instaurado en fecha 28 de julio de 2011, en contra de la Sociedad Mercantil INVERSIONES PERCON, C.A., inicialmente llamada INVERSIONES PEREZ CONTRERAS, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, bajo el N° 36, Tomo A-6, de fecha 25 de marzo de 1999, representada por el ciudadano MIGUEL ANGEL PEREZ GARCIA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad.....