DISPOSITIVA
Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 con competencia en materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara como flagrante la aprehensión del ciudadano: GUSTAVO ADOLFO GUERRERO MORALES, natural de Maracay, Estado Aragua, nacido en fecha 25-03-1966, de 50 años de edad, estado civil casado, titular de la cédula V-7.250.332, oficio u profesión taxista, domiciliado en los Chorros de Milla, sector Todeca, casa Nº 6-95, punto de referencia al frente del Hotel Río Milla, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, teléfono celular: 0414-5648047; por la presunta comisión del delito de AMENAZA y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 encabezamiento y segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho .....