"...este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Rangel y Cardenal Quintero de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: PROCEDENTE ABSTENERSE DE HACER PRONUNCIAMIENTO SOBRE LA MEDIDA PREVENTIVA INNOMINADA, solicitada mediante diligencia de fecha 28 de Julio del presente año, consignada por el Abogado Orangel Bogarín, venezolano, mayor de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-3.899.897, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 60.946, domiciliado en la Ciudad de Mérida del Estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, Apoderado Judicial de María Matilde Jaime Montilla y Otros, Miembros de la Asociación Civil de Viviendas "Jardines de Santa Lucía", en su carácter de parte demandante, hasta tanto se celebre la Audiencia Conciliatoria entre las partes a celebrarse en el Décimo Día de Despacho siguiente.....