PRIMERO: Se declara sin lugar el recurso de apelación de auto, interpuesto por la abogada Marialejandra Delfín Ruzza, en su condición de Fiscal Provisorio de la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público del estado Mérida, en contra de la decisión publicada en fecha diez de julio del año dos mil veintitrés (10-07-2023), por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencia y Medidas Nº 02 del Circuito Judicial Penal en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer del estado Bolivariano de Mérida, mediante el cual se desestimó y decretó el sobreseimiento en cuanto al delito de Abuso Sexual sin Penetración, admitiendo solamente el delito de Acoso Sexual, previsto y sancionado en el artículo 62, de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la adolescente M.C.L.T (identidad omitida), en el asunto principal signado con el N° LP02-S-2023-001276, seguido al encausado Sergio Alexander Salazar Avendaño.
SEGUNDO: Se .....