DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado YOELVIS GREGORIO VARELA PERNIA, venezolano, de 21 años de edad, natural de Valencia Estado Carabobo, nacido en fecha 25 de enero de 1990, cédula de identidad N° V-20.571,795, estado civil: soltero, oficio: obrero, hijo de Yanet Liliana Varela Pernía (v) y padre desconocido, residenciado en la Urbanización La Páez, Sector 1, Vereda 3, Casa Nº 01, El Vigía Estado Mérida, teléfono 0424-7391754; por el delito de DAÑO AGRAVADO, previsto y sancionado en el primer aparte del artículo 474, en armonía con el numeral 3 del artículo 473, ambos del Código Penal, en perjuicio de la CORPORACIÓN ELÉCTRICA NACIONAL de EL VIGÍA (CORPOELEC), y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artíc.....