Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, CON SEDE EN TOVAR, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACTUANDO COMO ALZADA decide: PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por los abogados Oriana Monsalve R y Daniel Alejandro Medina, en su carácter de apoderados judiciales del Banco Provincial S.A Banco Universal. Segundo: Revoca la decisión dictada por el Juez del Juzgado de los Municipios Rivas Dávila y Padre Noguera de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, de fecha 09 de agosto del 2012. Tercero: Declara INADMISIBLE la demanda incoada por la abogada Oriana Monsalve R, en su carácter de apoderada judicial del Banco Provincial S.A Banco Universal, y en consecuencia declara nulos los efectos del proceso. Cuarto: No hay condenatorias de costas dada la naturaleza del.....