PRIMERO: Se HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO interpuesto por el abogado SALVADOR BENITEZ CADENAS, en su carácter de Defensor Público Segundo Agrario del Estado Bolivariano de Mérida, actuando previo requerimiento del ciudadano ENCARNACION PEÑA, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Así se decide.
SEGUNDO: Se ordena el cierre y archivo del expediente.