DECISIÓN
En mérito de las consideraciones que anteceden este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: La confesión ficta de la parte demandada ciudadano JOSE RUFO AVENDAÑO MATHEUS, ya identificado.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se declara CON LUGAR la demanda que por reconocimiento del documento privado, suscrito en fecha 13 de febrero de 2012, interpusiera el ciudadano RAMON OLINTO DAVILA FEDERICO, debidamente asistido por el abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER RODRIGUEZ RIVAS, contra el ciudadano JOSE RUFO AVENDAÑO MATHEUS, todos ut supra identificados; documento inserto al folio tres (03) y su vuelto del presente expediente, otorgándole a dicho documento privado las potestades y excepciones previstas en los artículos 1363 y siguient.....