SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se da por reconocido en su contenido y firma el documento privado, suscrito por los ciudadanos FELIPE MORA MORA y MARCIAL CORREDOR VALERO, en el que el primero de los nombrados, da en venta pura, simple, perfecta e irrevocable al segundo de los nombrados, un lote de terreno o parcela N° 8, ubicado en la Vía El Morro, Sector El Cambur, Parroquia Jacinto Plaza, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida.
TERCERO: Da por terminado el presente juicio y se ordenará el archivo del presente expediente, una vez que se declare firme la presente decisión.