1.- Declara Con Lugar la apelación interpuesta.
2.- Decreta la nulidad de la decisión del Tribunal de primera Instancia en funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida.
3.- Acuerda la celebración de una nueva Audiencia Preliminar, por ante un Tribunal de Primera instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, distinto al que emitió tal decisión.
4.- Acuerda la remisión de la causa al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control No. 06, a los efectos legales correspondientes de redistribución