Se declaro CONSUMADA la perención y, en consecuencia, EXTINGUIDA la instancia en el presente proceso, incoado por ante el e JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, por el ciudadano RAFAEL ARCÁNGEL CONTRERAS ESCALONA contra el ciudadano JOSÉ OSCAR RODRÍGUEZ DUGARTE y la sociedad de responsabilidad limitada HOTEL BAR RESTAURANTE LAS LOMAS, por cobro de bolívares por intimación.En virtud del pronunciamiento anterior, se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 7 de febrero de 2006, por el abogado EDGAR QUINTERO ROMERO, para entonces en su condición de coapoderado judicial del ciudadano RAFAEL ARCÁNGEL CONTRERAS ESCALONA, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada el 27 de enero del citado año, por el prenombrado Tribunal.