DISPOSITIVA
Por los Razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, con sede en Tovar, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la DEFENSA DE FONDO planteada en la presente litis, en virtud de la falta de cualidad del querellante ciudadano CARLOS EDUARDO CASTILLO identificado en autos, para intentar la accion.
SEGUNDO: Declara SIN LUGAR la querella interdictal restitutoria de servidumbre de paso intentada por el ciudadano CARLOS EDUARDO CASTILLO, plenamente identificado en autos, en contra del ciudadano NABOR ELIAS SALAS, plenamente identificado en autos.
TERCERO: De conformidad con lo establecido en el articulo 702 del Código de Procedimiento Civil, Se ordena la fijación de los daños y perjuicios mediante experticia complementaria del fallo, que se ca.....