Vista la solicitud que cursa en el folio 384, por parte del penado JOSE RAFAEL GOMEZ DAVILA, titular de la cédula de identidad N° 9.020.417, en la cual solicita salida transitoria de permiso para la época navideña los días 23-12-2004, hasta el día 03-01-2005, para compartir con su familia los días de Navidad y Año Nuevo, la dirección donde estará está ubicado es la siguiente Calle 12, Casa N° 12-90, Barrio La Inmaculada, El Vigía, Estado Mérida, (en casa de su Progenitora Veronica Barrios), Es por lo que este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución N° 01, de acuerdo a lo previsto en el artículo 69 de la Ley de Régimen Penitenciario en concordancia con el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Régimen Penitenciario en armonía con lo establecido en los artículos 26,49, 253 y 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Otorga: la salida transitoria en cuanto al permiso navideño para este año 2004, solicitado por el pena.....