DECISION
Por las razones expuestas, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACON DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el desitimiento de la solicitud de declaratoria de divorcio formulada por los ciudadanos: SOLICITANTES: PEDRO MANUEL HERREÑO RODRIGUEZ y FLORESMILA GONZALEZ RINCON, de nacionalidad colombiana, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros E-80.772.953 y E- 81.604.065, respectivamente, domiciliado el primero en Coloncito, Municipio Panamericano del Estado Táchira y la segunda en la Aldea Santa Barbará del Municipio Zea del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, de conformidad con lo establecido en los artículos 263, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el Artículo 194 del Código Civil, dándosele carácter.....