ESTE JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL MUNICIPAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decide en los siguientes términos; PRIMERO: SE HOMOLOGA PARCIALMENTE EL ACUERDO REPARATORIO celebrado entre los ciudadanos acusados: JOSE RAMÓN VILLASMIL RIVAS,( de la tercera edad) venezolano, cédula de identidad N° 3.000.365, por el delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado e los artículos 415 concatenado con el art. 420 del Código Penal, en perjuicio de ciudadana: Keila Castillo (Rep. del niño , madre) el niño A.E.S.F y por cuanto el mismo se ha realizado con consentimiento de las partes, en forma libre, espontánea, voluntaria, sin ningún tipo de coacción y en pleno conocimiento de sus derechos, el cual recibió apremio recibió treinta (30) dólares, donde se puede apreciar que el ciudadano imputado cumpl.....