que se acuerda y así se decreta de acuerdo a lo previsto en los artículos 256 de la vigente Ley Adjetiva Civil, en concordancia, con los también vigentes artículos 1713 y 1718 del Código Sustantivo Civil, LA HOMOLOGACION DE LA PRESENTE TRANSACCION impartiéndole el carácter de Sentencia Pasada con Autoridad de Cosa Juzgada, se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente. Agréguese a los autos el respectivo cuaderno de secuestro librado en el mismo.
LA JUEZ:
ABG. FRANCINA MARIA RODULFO ARRIA
EL SECRETARIO TEMPORAL:
ABG. JOSE R. RONDON M.
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
ELSRIO. TEMP:
MCGD.-