PRIMERO: CON LUGAR la acción de Desalojo (Vivienda) interpuesta por la ciudadana MAYIRA DEL VALLE RUJANO OTAIZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-8.026.403, domiciliada en Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil, asistida por la abogada en ejercicio MARÍA AUXILIADORA IZARRA SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.022.905, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 31.900, domiciliada en esta ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y jurídicamente hábil, contra la ciudadana YOLANDA COROMOTO BRICEÑO SÁNCHEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 5.495.026, domiciliada en la ciudad de Mérida estado Bolivariano de Mérida y civilmente hábil. En consecuencia se da por resuelto el contrato de arrendamiento a tiempo indeterminado, por el cual ocupa el inmueble (apartamento) y se ordena a la parte arrendataria hacer efectiva la entrega del inmueble en cuestión l.....