DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 05 del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
Único: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la querella interpuesta por el Abg. Carlos Fidel Villegas Ramírez, actuando en defensa de sus propios derechos e intereses, y en consecuencia, DECLINA LA COMPETENCIA en el Tribunal de Control que por distribución corresponda conocer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 393 y 394 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 80 eiusdem.
Remítanse las presentes actuaciones con la urgencia del caso, a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) del Cuerpo de Alguacilazgo a los fines de que se sirva distribuir en un tribunal de control. Notifíquese al solicitante. Cúmplase.
La pre.....