DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, ÉSTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY acuerda:, DANIEL JOSE RONDON MARQUINA, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.433.393, nacido en fecha 29/05/1977, de 44 años de edad, natural de Caracas Distrito Capital, soltero, comerciante, domiciliado en el Sector El Pinar, La Palmita, Calle Principal, a 500 metros aproximadamente de donde se encuentra la escuela, Municipio Caracciolo Parra y Olmedo, estado Mérida, quien fue condenado a cumplir la pena de DIEZ (10) años de presión por la comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, cometido en perjuicio de la ciudadano DAIRO JESÚS GUILLÉN CONTRERASSEGUNDO: Se exonera al penado del cumplimien.....