DISPOSITIVA
En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hacen Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA FLAGRANCIA de conformidad con el Art. 248 del COPP, en contra del ciudadano JOSE MIGUEL CASTILLO NAVAS, venezolano, natural de Caracas, nacido en fecha 03/12/1979, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14679895, domiciliado en San Rafael de Tabay, sector o BARRIO DON PABLO CASA SIN NUMERO al lado del modulo policial, . SEGUNDO: Se precalifica el delito como lesiones personales intencionales leves previsto y sancionado en el Art. 416 del COPP, en perjuicio de ALEXANDER JOSE ZERPA. TERCERO: Se acuerda la aplicación de un principio de oportunidad, conforme al Art. 37.1 del COPP. Queda extinguida la acción penal conforme al Art. 48.5 ejusdem. Y se decreta el.....