DISPOSITIVA
En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hacen Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: DECLARA CON LUGAR LA FLAGRANCIA  de  conformidad  con el Art. 248 del COPP, en contra del ciudadano JOSE MIGUEL CASTILLO NAVAS, venezolano,  natural de Caracas,  nacido en fecha 03/12/1979, de 26 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 14679895, domiciliado en San Rafael de Tabay, sector  o BARRIO DON PABLO CASA SIN NUMERO al lado del modulo policial,  . SEGUNDO: Se precalifica el delito como  lesiones  personales  intencionales  leves  previsto y sancionado en el Art.  416 del COPP,  en perjuicio de  ALEXANDER  JOSE  ZERPA.  TERCERO: Se acuerda la  aplicación de  un principio de  oportunidad,  conforme  al Art.  37.1  del COPP. Queda   extinguida  la  acción penal conforme  al Art.  48.5  ejusdem.  Y  se  decreta el.....