por consiguiente este TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA EL PRESENTE CONVENIMIENTO, en consecuencia, se le imparte el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el juicio, se suspende la medida de embargo decretada en fecha 08-11-2007, sobre el vehículo marca Chevrolet, placa AH458T, serial de carrocería 1L69GJV102466, serial de motor V06185DA, modelo Impala, año 1979, color Blanco, clase automóvil, tipo sedan, uso Transporte público. Se ordena oficiar a la Depositaria Judicial Los Andes C.A., a los fines de que una vez sean cancelados los emolumentos, proceda a la entrega del vehículo antes mencionado. En cuanto al desglose solicitado, por auto separado se resolverá lo conducente. Agréguese a los autos el cuaderno y los recaudos de intimación librados. Se ordena el ARCHIVO del .....