Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana MARINA PASTORA LÓPEZ DE UZCATEGUI, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MERIDA representada judicialmente por el Procurador General del Estado Mérida o sus apoderados judiciales (todos plenamente identificados en actas).
SEGUNDO: Se condena a pagar a la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MERIDA a ciudadana MARINA PASTORA LÓPEZ DE UZCATEGUI La cantidad de bolívares DOCE MILLONES NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y UNO CON DOS CÉNTIMOS (12.009.181,02) por los conceptos indicados en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: Se ordena el pago de intereses de mora sobre diferencia de Prestaciones Sociales desde la terminación de la relación de trabajo (31 de diciembre de 1.991) hasta la ejecució.....