en consecuencia ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa de conformidad con lo establecido en el Artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 49 ordinal 6° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ya que el hecho aquí ocurrido no es Típico, en ocasión de la averiguación seguida al ciudadano LUIS EMIRO LAGARES RUIZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.680.714, residenciado en el Barrio Bolívar, Calle Principal, casa s/n, El Vigía Estado Mérida, en perjuicio del ciudadano JAWUER ZERPA PAOLINI, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 14.023.190, residenciado en el Barrio Bolívar, calle Principal, casa s/n, El Vigía Estado Mérida. Y ASI SE .....