DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Tovar, Zea, Guaraque y Arzobispo Chacón de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide lo siguiente: PRIMERO: SE DECLARA la CONFESIÓN FICTA y en consecuencia CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por los ciudadanos URBINA DIAZ IVAN ISIDRO Y ORTEGA ORTEGA MARIA DOLORES, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.899.811 y V-10.905.694 respectivamente. En consecuencia SE CONDENA a la parte demandada UBALDO PINO, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V-8.070.638, HACER ENTREGA a la parte demandante del inmueble que ocupa en calidad de inquilino consistente en un local comercial construido con paredes de bloque de cemento, pisos de cemento, techos de platabanda, con dos baños con puertas de madera, una puer.....