PRIMERO: Se admite la pretensión de amparo constitucional incoada en fecha 07 de abril de 2023, por los abogados Ulises José Briceño Núñez y Carlos José Castillo, actuando con el carácter de defensores privados del ciudadano José Gregorio Sánchez Rojas, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.913.703, contra la presunta actitud de omisión y/o retiro asumida por el Tribunal Primero Penal con funciones de Control del Circuito judicial Penal del Estado Bolivariano de Mérida, extensión El Vigía, de la cual señalan que desde el día 17 de marzo de 2023, hasta la referida fecha no ha incorporado el acta de audiencia preliminar debidamente firmada en su márgenes por los abogados defensores y en consecuencia ha dejado de pronunciarse conforme lo dictan los artículos 313 y 314 del Código Orgánico Procesal Penal, lo cual para los accionantes, viola los derechos consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, es decir, .....