Dispositiva
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se concluye que se conculcaron los derechos al ciudadano Jesús Orlando Ramírez Araque, como lo es la tutela judicial efectiva y el debido proceso, consagrados en los artículos 26 y 49 Constitucional, debido a la ausencia del acto formal de imputación por parte del Ministerio Público como atribución indelegable y requisito indispensable para poder presentar el acto conclusivo que tenga a bien.
Segundo: decreta la nulidad de la acusación presentada, en fecha 28-01-2003, (folios 29 al 31), de conformidad con los artículos 190, 191, 195 del Código Orgánico Procesal Penal y por ende, se ordena la reposición de la causa al estado en que el Ministerio Público realice el acto formal de imputación fiscal y se le dé.....