Decisión
El Juzgado Cuarto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: Único: Niega la solicitud de sustitución de la medida privativa de libertad que actualmente cumple el ciudadano LUIS EDUARDO AVENDAÑO PARRA (ya identificado) y ratifica lo ordenado anteriormente por el Tribunal al director del Centro Penitenciario de la Región Andina, en el sentido de que tome todas las medidas necesarias, para el resguardo de la integridad física y vida del imputado de autos, ciudadano LUIS EDUARDO AVENDAÑO PARRA (ya identificado) durante su permanencia como detenido en dicho establecimiento de reclusión. Así se decide, notifíquese al defensor y fiscal del Ministerio Público. Cúmplase.
EL JUEZ CUARTO DE JUICIO
ABG. JOSÉ GREGORIO VILORIA OCHOA
LA SECRETARIA:
ABG. YENY CAROLINA VILLAMIZAR
En fecha_______________ se cumplió con lo ordenado mediante boletas de notifi.....