"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer del presente juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 1, de la Resolución N° 2009-0006, de fecha 18-03-2009, la cual entró en vigencia a partir del 02 de abril de 2009, según Gaceta Oficial N° 39.152, y DECLARA COMPETENTE, para conocer de la presente acción al Juzgado de Primera Instancia Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida..."