este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Ejecución Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, EJECÚTESE. PRIMERO: Se acuerda el comiso del arma de fuego incautada, la cual se encuentra suficientemente identificado en la Experticia de Reconocimiento Legal Nº 9700-230-732 de fecha 13-09-2002, inserta al folio cuarenta y dos (42) de las actuaciones, Esta arma se encuentra en el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas sub-Delegación El Vigía, Estado Mérida, según Planilla de Remisión N° 420 de fecha 19-09-2002, relacionada a la Averiguación Policial N° 171-120, Expediente Fiscal Nº 14-F6-836-02. SEGUNDO: Se acuerda la destrucción en sede propia de los siguientes objetos: 1.- Dos balas para arma de fuego, calibre 38, marca C.A.V.I.M, compuesta por proyectil, manto de cilindro, capsula del fulminante sin percutir y carga explosiva, se aprecian en buen estado. 2.- Tres prendas de vestir, elaboradas en fibras natura.....