En fuerza de las consideraciones precedentemente expuestas, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la inhibición propuesta por la Dra. MARÍA MAGDALENA UZCÁTEGUI RONDÓN, Juez Temporal Primera de Municipio Ordinario y Ejecutora de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, el día 25 de abril de 2014, en el juicio de acción por nulidad de transacción intentada por la ciudadana FELIDA MIRIAN NAVA FLORES contra el ciudadano ÓSCAR ARNALDO QUIJADA SALDO, (Exp. N° 3106, nomenclatura de ese Tribunal).
SEGUNDO: Se dispone en consecuencia, que la mencionada Jueza debe seguir conociendo de dicho asunto por no haber causa que se lo impida.