este Tribunal de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA LA NULIDAD ABSOLUTA DE LA ACUSACIÒN presentada por la Fiscalía Décima Séptima del Ministerio Público contra el ciudadano Víctor José Contreras, venezolano, natural de Valera Estado Trujillo, de 34 años de edad, nacido en fecha 17-06-1975, titular de la cédula de identidad Nº V-13.676.280, hijo de Víctor José rojas y Dora Contreras (f), analfabeta, de ocupación mecánico, residenciado en el sector Caño Seco IV, calle 04, edificio 37, apartamento 01-01, trabaja en el negocio repuestos el Terminal donde el señor Darío, teléfono 0275-8829212, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 en concordancia con el artículo 15, numerales 3 y 4 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vi.....