PRIMERO: Se declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano JUVENAL ESTUPIÑÁN REYES, titular de la cédula de identidad número 9.192.558, contra la decisión dictada por el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en El Vigía, de fecha 15 de mayo de 2017.
SEGUNDO: Se CONFIRMA con distinta motivación la sentencia recurrida de fecha 15 de mayo de 2017, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en El Vigía.
TERCERO: En virtud que de los autos no se evidencia que el solicitante del amparo haya actuado con temeridad manifiesta, este Tribunal, de conformidad con el artículo 28 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se ABSTIENE de imponerle la sanción prevista en dicha disposición.
CUARTO: De conformidad con el encabezamiento del artícu.....