PRIMERO: SE DECRETA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA inherente a la INSTALACIÓN DE UNA TAQUILLA; para la venta de boletos únicos e integrales que permita el manejo directo de los ingresos que le correspondan por visitantes; esto, a los fines de generar medios económicos que permitan cubrir compromisos laborales y mantenimiento de los animales en el parque de BIOCONTACTO.
SEGUNDO: Por la naturaleza del presente fallo, no hay condenatoria en costas.
TERCERO: Publíquese la decisión en el portal web del Tribunal Supremo de Justicia.
CUARTO: Se ordena la notificación de la parte demandada haciéndole saber de la presente decisión, anexándose copia certificada de la misma.