PRIMERO: Sin lugar la defensa alegada por la parte actora, ciudadano ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ RANGEL, con respecto a la vigencia de contrato de arrendamiento, refutada por la parte demandada, a través de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio JOSÉ RAMÓN RANGEL MONTIEL, FERNANDO UZCÁTEGUI VIVAS y JUAN JORGE ESPINOZA VÁSQUEZ.
SEGUNDO: Sin lugar la defensa alegada por la parte actora, ciudadano ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ RANGEL, con respecto al engaño por parte de la apoderada de la propietaria del inmueble objeto del juicio, objetado por la parte demandada.
TERCERO: Sin lugar la defensa alegada por la parte actora, ciudadano ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ RANGEL, con relación a la malinterpretación del artículo 168 del Código de Procedimiento Civil, desmentido por la parte demandada.
CUARTO: Sin lugar la defensa alegada por la parte actora, ciudadano ANTONIO JOSÉ MARTÍNEZ RANGEL, por cuanto fue objeto de engaño por la parte contratante al suscribir los documentos objeto del juicio, c.....