LA DISPOSITIVA:
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
Primero: CON LUGAR la acción por Desalojo, incoada por el ciudadano José Gregory Sánchez Moreno, asistido por el abogado José Jesús Tamiche Sánchez; contra el ciudadano José Ramón Dugarte Millán.
Segundo: Se le ordena al ciudadano José Ramón Dugarte Millán a pagar la cantidad de mil bolívares (Bs. 1.000,oo), por concepto de cánones de arrendamiento insoluto por compensación en el uso del mismo. NO se le acuerda el pago de los siete bolívares diarios, porque no fue probado en las actas por el actor.
Tercero: Se le ordena al ciudadano José Ramón Dugarte Millán a realizar la entrega del inmueb.....