DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de divorcio, intentada por la ciudadana YAMILETH DEL CARMEN PARRA BARRIOS, venezolana, mayor de edad, casado, Ingeniero Civil, titular de la cédula de identidad Nº 12.353.949, de este domicilio, CONTRA el ciudadano HENRY BALDIVER AVENDAÑO BUSTAMANTE, venezolano, mayor de edad, Ingeniero Civil, titular de la cédula de identidad Nº 11.958.860, de este domicilio y por ende queda disuelto el vínculo matrimonial constituido desde el día 27 de diciembre del año 2007, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez Municipio Libertador del Estado Mérida, según acta signada con el Nº 143. Y así se decide.
SEGUNDO: En virtud del pronunciamiento anterior, ofíciese AL REGISTRO CIVIL DE LA PARROQUIA CARACCIOLO PARRA PÉREZ MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO MÉRIDA y a la OFICINA PRINCIPAL DEL REGISTRO PÚBLICO DEL ESTADO MÉRIDA, a los fines de que se estampen la nota marginal correspondiente a la presente decisión, una vez quede fir.....