Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUSTO BRICEÑO, TULIO FEBRES
CORDERO Y JULIO CESAR SALAS DE LA CIURCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA., administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO propuesta por los ciudadanos JULIO AVENDAÑO YZARRA y MARIA ESTHER DEL CARMEN RIVERA SALCEDO, ambos ya identificados, y en consecuencia, disuelto el vínculo matrimonial que ellos contrajeron el día 26 de Noviembre de 1999, por ante la Prefectura Civil del Municipio Justo Briceño del Estado Mérida, Acta No.08.
Dejándose constancia expresa, que los ciudadanos antes identificados, manifestaron que no procrearon hijos, y que no se adquirieron bienes.
Ofíciese a la Registrado Civil de la Parroquia Torondoy Municipio Justo Briceño del Estado Mérida, así como la oficina de Registro Público Principal del mismo Estado a los fines de que se sirvan estampar la Nota Marginal correspondiente.
PUBLÍQUESE, REGÍST.....