comparecido a este Juzgado a los fines de que se traslade y constituya en el inmueble ubicado en la Avenida 6, agua de Urao, Vereda Pilar Picón, casa s/n de la ciudad de Lagunillas Municipio Sucre del Estado Mérida, y deje constancia de los particulares que en la misma se señalan, habiendo transcurrido desde esa fecha hasta la presente CUATRO (4) años, CUATRO (4) meses y ONCE (11) días, abandonando su trámite y demostrando con tal conducta su desinterés en que dicha solicitud sea tramitada. De allí que con base a lo anterior, resulta evidente en este caso particular de conformidad con el artículo
267 del Código de Procedimiento Civil ante la prolongada inactividad imputable a la parte solicitante, quien desde el momento en que presentó la solicitud aún se reitera no ha comparecido a consignar los recaudos o documentos necesarios ni a solicitar que se fije la oportunidad para el traslado y constitución, con el objeto de que el Tribunal deje constancia de los particulares que se .....