Se declaró CON LUGAR la apelación interpuesta en fecha 27 de mayo de 2014, por el demandado, ciudadano, ANTONIO CINICOLO DE FELICE, por intermedio de su coapoderada judicial abogada LUZ MARÍA MORILLO PÉREZ, contra la auto proferido en fecha 19 de mayo de 2014, por el Juzgado de la causa. Se REVOCÓ el fallo apelado. Se REPUSO la causa al estado en que el Tribunal de la causa proceda a sustanciar y decidir por los trámites del procedimiento ordinario, la presente causa, tal como lo establece el único aparte del artículo 780 del Código de Procedimiento Civil.