El Tribunal homologó el convenimiento suscrito por ante el Consejo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida, por los ciudadanos YADELIS GUILLERMINA RAMIREZ RIVAS y JOSE ALEXANDER RAMIREZ LOBO, venezolanos, mayores de edad, ama de casa y agrícultor, titulares de las cédulas de identidad Nos V-16.535.960 y V-17.606.495, domiciliados en las Bateas el Rincón, Parroquia La Venta, casa s/n, Municipio Miranda del Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, quienes conciliaron en reglamentar el aumento de la Obligación de Manutención y Bonos a favor de su hijo (identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), de cuatro (04) años de edad.-