DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara inadmisible la pretensión de amparo constitucional incoada por el abogado Allen Peña Rangel, con el carácter de representante judicial de los querellantes Racely Sánchez, Yenny Arias, Jorge Delis, Yusmary Rojas y José Rojas, en la causa penal Nº LP01-P-2017-004863, por la presunta violación al debido proceso, la tutela judicial efectiva, a la doble instancia, derecho a la defensa y el derecho a ser oídos, en que presuntamente habría incurrido la Jueza de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, abogada Yeny Carolina Villamiz.....