DECISIÓN
El ciudadano Juez, oídas las partes, en presencia de las mismas, para decidir, expuso: Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO 02, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HACE LOS SIGUIENTES PRONUNCIAMIENTOS: ÚNICO: Se acuerda homologar el acuerdo conciliatorio a que han llegado las partes, en las condiciones establecidas por las mismas en esta audiencia; de conformidad con los artículos 566 y 565 de la LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE y del artículo 258 de la CONSTITUCIÓN, en los siguientes términos: A) El adolescente se compromete a recibir una orientación Psicológica por la Psicóloga adscrita a esta Sección de Adolescente y a realizar una labor social, la cual debe ser supervisada por la Trabajadora Social adscrita a esta Sección de Adolescentes. B) SE SUSPENDE EL PROCESO A PRUEBA A FAVOR DEL ADOLESC.....