DISPOSITIVA
Este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIAEN FUNCIONES DE DE JUICIO Nº 01 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda: PRIMERO: Se admite totalmente la acusación presentada por la Fiscalía Sexta del Ministerio Público, así como las pruebas presentadas en contra del acusado YEIXON JOSÉ VILLAMIZAR NIEVES, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjuicio del ORDEN PÚBLICO. SEGUNDO: Se Declara con lugar la admisión de los hechos efectuada por el acusado YEIXON JOSÉ VILLAMIZAR NIEVES, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal en relación con el artículo 9 de la Ley Sobre Armas y Explosivos, cometido en perjui.....