En consecuencia, vista la solicitud de OFERTA REAL DE PAGO por la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.800,oo), hecha por el ciudadano ALFONZO UZCATEGUI AGUZZI, a través de sus Apoderados Especiales ALBERTO JOSE NAVA PACHECO y REINA TERESA RANGEL RIVAS, a favor de RAFAELA CECILIA GONZALEZ DE UZCATEGUI. Se acuerda el traslado y constitución del Tribunal para el día MIERCOLES 26-11-08, a las 11:00 de la mañana, en el lugar indicado por la parte solicitante, con el objeto de cumplir con la misma. Y por cuanto este Tribunal lo considera necesario, ordena desglosar el Cheque de Gerencia signado con el N° 43087026, de fecha 07-11-08, por la cantidad de CUATRO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES FUERTES (Bs. 4.800,oo), para la guarda y custodia del Tribunal y en su lugar se deje copia certificada.
LA JUZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO
LA SECRETARIA TITULAR,
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