DISPOSITIVA
Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal en funciones de Juicio N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: ABSUELVE al acusado JEAN CARLOS LUNA PABÓN, venezolano, mayor de edad, manifestó ser titular de la cédula de identidad N° 16.743.417, natural de El Vigía Estado Mérida, de estado civil: soltero, de 27 años de edad, nacido en fecha 29 de marzo de 1983, oficio: ayudante de cocina, hijo de María Teodora Pavón (v) y Ricardo Luna Márquez, residenciado en la Cota 905, Guzmán Blanco, calle 21 de julio, Parroquia El Paraíso, cerca del club de la Guardia, Caracas, Distrito Capital; por el Delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 406 ordinal 1 del Código Penal, cometido en perjuicio del hoy occiso JAIRO MANUEL ORTEGA PRADA. En consecuencia, se ordena el cese de la medida privativa judic.....