DISPOSITIVA
Con fundamento en los razonamientos precedentemente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, actuando en sede constitucional, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE la pretensión de amparo constitucional incoada por los Abogados JOSÉ FRANCISCO MARTÍNEZ RINCONES, JOSÉ LUIS MALAGUERA ROJAS y JUAN FERNANDO MARTÍNEZ ANDRADE, actuando como defensores de confianza del ciudadano JOSÉ JOFRY HARRY HERNÁNDEZ VILLASMIL, por la presunta inmotivación de las excepciones que fueren declaradas sin lugar, por parte del Juez de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 05 de este Circuito Judicial Penal (sede Mérida), a cargo para ese momento, del Abogado JUAN RODOLFO MARTÍNEZ CASANOVA, con lo que presuntamente se vulneró a su defendido, los derechos constitucionales de .....