Negó el Decreto de Titulo Supletorio de Propiedad, presentado por el ciudadano JOSE ANTONIO GUERRERO GUERRERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V-1.706.599, con domicilio en la Parroquia El Llano, Barrio Jesús Obrero, carretera 5ta. Casa número 1-43, jurisdicción del Municipio Tovar del Estado Mérida, actuando en representación del ciudadano ALEJOS MORALES, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-3.295.091, domiciliado en el Municipio Tovar del Estado Mérida.