Se declaro SIN LUGAR la recusación interpuesta contra el abogado JULIO CESAR NEWMAN GUTIÉRREZ, quien se desempeña como Juez del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida. En virtud del pronunciamiento anterior, de conformidad con el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, multa por la cantidad de DOS MIL BOLÍVARES (Bs. 2.000,oo), que deberá ser pagada en el lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la expedición de la correspondiente planilla, con la advertencia que, de no pagar dicha multa en el término indicado, de conformidad con la citada disposición, sufrirá un arresto de quince (15) días.