Una vez iniciada la Prolongación de la Audiencia Preliminar, concedido como fue el derecho de palabra a cada una de las partes, la parte demandante expuso que desiste en este acto del procedimiento, en razón, que lo que lo unió con la demandada fue una relación por meros servicios profesionales de técnico radiólogo independiente, por lo que nunca se constituyó una relación laboral entre mi persona y la demandada de autos, y aclarado en esta audiencia que no hubo relación laboral. La parte demandada, supra identificada, expuso que conviene en el presente desistimiento y renuncia en nombre de su representada a cualquier acción en contra del accionante por la reclamación acá desistida. Este Tribunal en vista de lo expuesto por las partes, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO y da por concluido el presente proceso.